| dc.description.abstract | El acogimiento familiar en hogares sustitutos, es una medida provisional establecida por
el ICBF, que busca acompañar, cuidar y proteger menores de edad con el fin de dar
cumplimiento a los artículos nº 42 y nº 44 de la Constitución Política de Colombia, los cuales
establecen que “la familia es el núcleo de la sociedad y se debe velar por el cumplimiento de
derechos y deberes en los niños, niñas y adolescentes en Colombia”, a su vez, buscan
promover el “derecho a tener una familia y no ser separado de ella” (Art. 44 C.P). El
acogimiento familiar se presenta cuando se debe separar al menor de su familia biológica o se
encuentra en un proceso extenso de adopción, generando que este se encuentre en situaciones
de vulnerabilidad social, cultural, económica y familiar: lo cual se establece en el artículo 59
de la Ley 1098 de 2006; donde plantea que la vulneración de derechos de los menores se
presenta ante “toda situación de inminente peligro, riesgo, daño, lesión o perjuicio que impide
el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas o adolescentes” (Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar, 2018). | es |