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    Análisis de los cambios en la renta de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad con introducción de la ley 1819 del 2016 respecto de los conceptos de la ley 1607 de 2012

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    Trabajo de Grado (4.605Mb)
    Date
    2018-05-22
    Author
    Gaitan, Claudia Patricia
    Restrepo Torres, Lina Fernanda
    xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-advisor
    Pinzon Parra, Luis Alberto / Tutor
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    Abstract
    Las Personas Naturales en Colombia, como en otros países con diferentes parámetros fiscales, deben tributar al Estado un porcentaje sobre sus rentas obtenidas en el país, declarando y pagando un impuesto de carácter anual denominado impuesto sobre la renta y complementarios, dicho hecho generador es consecuente a la percepción de ingresos susceptibles a aumentar su patrimonio. Con la Ley 1819 de 2016 las personas naturales son clasificadas en diferentes grupos socioeconómicos denominadas cedulas, (Ley 1819 de 2016), donde deberán tributar de acuerdo con sus ingresos y aumentos patrimoniales. Con las últimas reformas tributarias, (Ley 1607 de 2012) y (Ley No.1819, 2016) con sus decretos reglamentarios y 3032 del 27 de diciembre de 2013 y decreto 2250 de 29 de diciembre del 2017, ocasionaron el cambio de las tarifas presentadas y pagadas en las declaraciones de renta de cada año, debido a la unificación de las tablas de retención para cada una de las cedulas. Un cambio importante que abordo la Ley 1607 de 2012, fue el de los independientes, los cuales pasaron a conformar lo que se llama el universos de los empleados, ya empleados no es solo el que contrae un vínculo laboral bajo las estipulaciones de un contrato laboral, también es catalogado como empleado todo aquel que presta un servicio siempre y cuando no requiera el uso de materiales o maquinaria para su ejecución, todos las profesiones liberales, y obviamente desde que este dentro de la normatividad „‟se recuerda que esto solo aplicaba para la ley 1607 del 2012” porque con la nueva ley 1819 del 2016, se elimina los empleados, trabajadores por cuenta propia y otros . Pero no solo cambio los parámetros que obliga a tributar, también nació con la ley dos sistemas de 7 renta alternativos del impuesto, que de acuerdo a las variables que se puedan manejar, una puede ser o no beneficiaria, para ello más adelante expondremos una tabla paralela entre el sistema ordinario, y los dos nuevos IMAN e IMAS. Con la nueva ley en vigencia experimentaremos cambios considerables, ya que el esquema que nos propuso la Ley 1607 de 2012 fue modificado totalmente con la Ley 1819 de 2016 que trae consigo el nuevo sistema cedular que busca establecer el impuesto a pagar según la fuente de los ingresos consiste en el cálculo del impuesto sobre la renta teniendo en cuenta el origen de las rentas obtenidas durante el año, mediante estas cinco cédula.
    URI
    http://repository.unipiloto.edu.co/handle/20.500.12277/3528
    Collections
    • Especialización en Gerencia Tributaria [271]

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