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Elaboración de un procedimiento de liquidación retención en la fuente para ser aplicado en las empresas que contratan los servicios del outsourcing contable tus-cuentas.com

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Date
2021Author
Rojas Alarcón, Deissy Adriana
Bejarano Martin, Catterin Milena
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Bolívar Silva, Carol Alejandra / Asesora Metodológica
Metadata
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La representación de los outsourcing contables en Colombia ha venido creciendo de
forma exponencial debido a las necesidades que han presentado las organizaciones empresariales
en conocer su información financiera, cumplir con sus deberes formales, liquidar sus impuestos a
costos razonables y asequibles.
Los compromisos que adquieren los outsourcing contables en su prestación del servicio
profesional basados en la normatividad legal vigente son: identificar las responsabilidades
tributarias que tienen los encargos contables, establecer las periodicidades y liquidación.
La liquidación de la retención en la fuente es una de las obligaciones que tienen los
agentes de retención, definidos en el artículo 368 del Estatuto tributario E.T.; con el objeto de
conseguir en forma gradual que el impuesto de renta se recaude en lo posible dentro del mismo
ejercicio gravable en que se cause. El artículo 367 del E.T. los agentes de retención en la fuente
deberán presentar declaración mensual de las retenciones que se efectuaron durante el respectivo
mes correspondiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 604 al 606 y 382 del
E.T.
De acuerdo con la normatividad las empresas dedicadas a prestar servicios contables
deben realizar la liquidación de retención en la fuente mensualmente y el incumplimiento de
ésta, recaerá en el obligado a declarar quien responderá por las sumas a las que estaba obligado a
retener y asumirá las medidas correctivas que se impongan. Este escenario hace que la
responsabilidad del outsourcing frente a la liquidación de impuestos sea muy alta, por lo que una
mala praxis ocasionaría una afectación económica para el obligado y en el caso del outsourcing
una responsabilidad compartida artículo 45 de la ley 43 de 1990.



